Continúa creciendo la demanda de traducciones juradas de documentos para contraer matrimonio en España. Hay muchos ciudadanos británicos que tienen propiedades en España y quieren casarse allí aprovechando el buen tiempo. De igual manera, por ejemplo, aunque los contrayentes se hayan conocido en el Reino Unido, si uno de ellos es de nacionalidad española, puede ser que decidan casarse en España.
Los contrayentes siempre deben comprobar con las autoridades españolas relevantes (por ejemplo el Consulado de España en Londres) o el registro civil relevante en España qué documentos se necesitan.
En la mayoría de los casos, habrá que presentar los siguientes documentos en inglés:
- El certificado de nacimiento de los contrayentes;
- La Fe de Soltería. El registro civil en el Reino Unido emitirá este certificado que confirma que no hay objeciones en lo relativo al futuro matrimonio;
- Una carta del ayuntamiento relevante que confirme la dirección del contrayente británico. Un Notario Público quizás tenga que preparar un certificado notarial que incluya la carta o una copia de la carta;
- Si uno de los contrayentes está divorciado, será necesario presentar la sentencia firme de divorcio;
- Si uno de los contrayentes está viudo, será necesario presentar el certificado de defunción.
En el Reino Unido, cuando una persona se divorcia, el divorcio no se registra en el Registro Civil como se hace en España.
Los documentos indicados tienen que llevar la Apostilla de la Haya. Estos documentos junto con las traducciones juradas a español se entregarán a las autoridades españolas relevantes que gestionen el expediente de matrimonio.
Una apostilla es un formulario oficial que se adjunta a los documentos que se van a usar en los países firmantes de la Convección de la Haya.
Una vez que se haya celebrado el matrimonio se necesitará una traducción jurada a inglés del certificado de matrimonio en español para demostrar a las autoridades británicas que se ha celebrado el matrimonio.
Solo los traductores jurados pueden certificar traducciones juradas. En España los traductores jurados son nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Las traducciones juradas certificadas por los traductores jurados no tienen que ser apostilladas.